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Se convocan Elecciones Presidenciales en la República de Guinea Ecuatorial, para el próximo 29 de noviembre

octubre 15, 2009
Noticias Gobierno

En la víspera de la clausura de las sesiones ordinarias de la Cámara de los Representantes del Pueblo, ha quedado fijada la fecha en la que los ciudadanos ecuatoguineanos acudirán a las urnas.

El Presidente de la República, Obiang Nguema Mbasogo, ha sancionado hoy, 15 de octubre de 2009, el Decreto por el que se convocan elecciones Presidenciales en la República de Guinea Ecuatorial, al término de un Consejo de Ministros celebrado hoy en la ciudad de Bata (parte continental del país).
 
Según este Decreto, la votación para las elecciones tendrá lugar el 29 de noviembre de 2009 y la campaña electoral empezará el 5 de noviembre y terminará el 27 del citado mes.
 
Esta convocatoria es de conformidad con la Ley Fundamental de Guinea Ecuatorial y la Ley Reguladora de las elecciones Presidenciales, leyes que disponen que las elecciones presidenciales se convocan el séptimo año del mandato del Presidente de la República, en una fecha acordada por Decreto aprobado en Consejo de Ministros.
 
El Gobierno afirma que las elecciones se convocan por la firme voluntad del mismo de llevar a cabo de forma racional y ordenada la consolidación del proceso de democratización de Guinea Ecuatorial.
 
La convocatoria se fundamenta en el cumplimiento cabal de las sucesivas etapas de dicho proceso, que constituye la firme voluntad común que anima a todos los partidos políticos, en la determinación de conducir al pueblo hacia el establecimiento de una convivencia madura, para conseguir el único y supremo interés de la nación que es seguir preservando la paz y el desarrollo integral y equitativo.
 
Habiéndose conducido satisfactoriamente las operaciones del censo electoral, que garantiza a todos los ciudadanos ecuatoguineanos, mayores de edad, el derecho al sufragio universal, directo y secreto, en el marco que permite organizar unas elecciones competitivas, libres, transparentes y justas. Y oído el parecer favorable de los partidos políticos legalizados en el país, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del 5 de octubre del año en curso, se publica el Decreto del Presidente de la República, en la víspera de la clausura de las sesiones ordinarias de la Cámara de los Representantes del Pueblo.
 
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