El Presidente de la República concede indultos a presos acusados por el asalto al Palacio Presidencial

Con motivo de la celebración de la fiesta de la Independencia Nacional el Presidente de la República ha firmado el decreto 79/2010, que reproducimos por completo, por el cual se concede el indulto total a algunos presos condenados por el asalto al Palacio Presidencial, el pasado 17 de febrero de 2009.
La conmemoración de la fiesta de
Esta es una de las razones principales por la cual el Presidente de
Adjuntamos el documento íntegro del texto del indulto.
DECRETO Nº 79/2010 de fecha 6 de octubre por el que se concede Indulto Total a varios procesados condenados por los delitos de Invasión Violenta de
La conmemoración del Cuadragésimo Segundo Aniversario de
Estando en las proximidades de esta efeméride durante la cual debe reinar la paz, tranquilidad, alegría y el bienestar en todos los hogares ecuatoguineanos.
Animado por la voluntad de consolidar
Animado, por otra parte, por el espíritu de magnanimidad que siempre Nos ha caracterizado como Presidente de
El ejercicio del derecho de gracia que
Considerando que el derecho a
En su virtud, como expresión de Mi Libre voluntad política y guiado por estos sentimientos; en uso de las atribuciones que Me confiere el Artículo 39, inciso k) de
DISPONGO:
Artículo Primero.- Se concede Indulto Total a los siguientes procesados del Sumario Número 37/2009 del Tribunal de Apelación de Malabo a los Señores: MARCK ETIM MARCK, EYOH OKON IKARA, EYON KUN JOHN, EFFIONG MATEW, OKOKON IYANAM (a) MINTAY, ISANGADIGHI EMMANUEL y EKAETTE EYO OKON, súbditos extranjeros condenados a
Artículo Segundo.- SE concede, asimismo, Indulto Total a los siguientes procesados de
Artículo Tercero.- Se concede, igualmente Indulto Total a los siguiente procesados de
Artículo Cuarto.-El presente Indulto se otorga con la condición de que sus beneficiarios no incurran de nuevo en actos delictivos de la naturaleza del delito por el que se le indulta. En caso contrario se le revocará automáticamente el indulto para cumplir la pena remitida y otras penas que se le impongan por los nuevos delitos.
Artículo Quinto.- En cuanto a la causa sumarísima número 1/2010 el Estado asumirá subsidiariamente la responsabilidad civil para la indemnización de OCHO MILLONES de Fr. CFA acordada a la familia del efectivo de Seguridad Presidencial abatido por los rebeldes durante la contienda, así como los gastos de hospitalización de los Militares gravemente heridos.
Artículo Sexto.- Se declara de urgencia las actuaciones que den lugar a la aplicación del presente Indulto, debiendo las Autoridades Competentes extremar su celo para su ejecución y el cumplimiento de los trámites administrativos pertinentes.
Artículo Séptimo.- Se faculta a los Ministerios de Justicia, Culto e Instituciones Penitenciarias, Defensa Nacional y Seguridad Nacional a tomar las medidas pertinentes para la aplicación urgente y el exacto cumplimiento del presente Decreto.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA:
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan al presente Decreto.
DISPOSICIÓN FINAL:
El presente Decreto entra en vigor a partir de su firma y publicación por los Medios Informativos Nacionales.
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en
POR UNA GUINEA MEJOR
OBIANG NGUEMA MBASOGO
PRESIDENTE DE
Texto: Clemente Ela Ondo Onguene
Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial (D.G.Base Internet)