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S.E. Obiang Nguema Mbasogo decreta la creación del Comité de Coordinación Contra el Blanqueo de Capitales

abril 27, 2018
Noticias Presidencia

El decreto por el que se crea el Comité de Coordinación Nacional de Política de Lucha contra el Blanqueo de Capitales, la Financiación del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva arranca con una Exposición de Motivos recogida en la Ley Fundamental de Guinea Ecuatorial, en la que se expone que uno de los fundamentos de la sociedad ecuatoguineana es el desarrollo económico de la nación, y el Presidente de la República determina la política nacional.

El decreto, que trata de lograr que Guinea Ecuatorial sea considerado como país cumplidor de las 40+9 Recomendaciones del GAFI, ha sido aprobado previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del pasado día 13 de abril, a propuesta del Ministerio de Hacienda, Economía y Planificación.

El Comité de Coordinación Nacional (CNBC), presidido y dependiente del Ministro de Hacienda, Economía y Planificación, se encarga de organizar, coordinar y controlar en todo el territorio nacional las actividades de la ANIF, tendentes a la efectiva implementación de las Recomendaciones del GAFI en Guinea Ecuatorial.

En cuanto a las atribuciones recogidas en el Titulo II, el CNBC se encargará de asistir a los poderes públicos, los actores económicos, sociales, financieros y no financieros, monetarios, así como a la población; al tiempo que debe proponer todas las medidas que permitan la aplicación en Guinea Ecuatorial de las decisiones tomadas por las instancias regionales e internacionales de lucha contra el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva en el país.

También debe apoyar a la Agencia Nacional de Investigación Financiera (ANIF) en la coordinación y seguimiento de los ejercicios de auto evaluación y de evaluación mutua del dispositivo, formular las propuestas capaces de suscitar una reglamentación, asegurar una mejor coordinación de los servicios del Estado implicados, y favorecer la concentración con las profesiones, administraciones públicas o privadas o sujetos obligados a la legislación y a la reglamentación.

Este Comité de Coordinación estará compuesto por un representante de los ministerios de Hacienda, Justicia, Seguridad, Defensa, Obras Públicas, Minas, Industria, Comercio, Asuntos Exteriores, Agricultura, Derechos Humanos, Transportes, Cultura, Fiscalía General, ANIF, BEAC, Asociación Profesional de Bancos y Establecimientos Financieros, Instituto Nacional de Estadísticas, Empresas Aseguradoras, Colegio de Abogados de Guinea Ecuatorial, Notaría, Sociedad Civil y cualquier otra institución cuya implicación en la lucha es manifiesta.

El decreto faculta al Ministro de Hacienda, Economía y Planificación a nombrar los miembros del Comité de Coordinación, bajo propuestas de sus ministros o de las estructuras de procedencia.

El comité será asistido por una Secretaría Permanente, que asegura la ANIF. La Secretaría Permanente tiene un papel de protocolo, coordinación y seguimiento en la aplicación efectiva de las medidas y recomendaciones en sus reuniones, y el comité se reunirá por convocatoria de su presidente, en sesión ordinaria, una vez por trimestre y en sesión extraordinaria cada vez que sea necesario.

El decreto añade que los informes de los trabajos del Comité de Coordinación se remitirán a la Presidencia de la República, y a los Ministerios de Hacienda, Economía y Planificación; Seguridad Nacional; Justicia, Culto e Instituciones Penitenciarias; Asuntos Exteriores y Cooperación; y Defensa Nacional.

Texto: Anatolón Okue
Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial

Aviso: La reproducción total o parcial de este artículo o de las imágenes que lo acompañen debe hacerse, siempre y en todo lugar, con la mención de la fuente de origen de la misma (Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial).