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La Corte Suprema de Justicia dicta la sentencia definitiva contra los militantes del CI

mayo 08, 2018
Noticias Gobierno

El lunes 7 de mayo se ha hecho pública, en el Palacio de Justicia de Malabo, la sentencia definitiva por los delitos de sedición, atentando contra la autoridad, desórdenes públicos, lesiones graves y daños contra los militantes y dirigentes del disuelto partido político Ciudadanos por la Innovación (CI), siendo perjudicado el Gobierno de la República de Guinea Ecuatorial.

El Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Juan Carlos Ondo Angue, ha dirigido la sesión acompañado de otros magistrados de la corte. Tras la apertura de la sesión, Ondo Angue ha procedido a la lectura del sumario de algo de más de veinte páginas.

La Corte Suprema de Justicia ha confirmado la sentencia número 03/2018, de fecha 23 de febrero de 2018, dictada por la Audiencia Provincial de Wele Nzas, y ha desestimado el recurso de casación por infracción de ley en quebrantamiento de forma.

A continuación, transcribimos el fallo:

Fallamos

1.- Que debemos desestimar y desestimamos en toda su extensión el recurso de la casación por infracción de ley quebramiento de forma interpuesto por los letrados Ponciano Mbomio Nvo y Fabian Nsue Nguema Obono, en representación de los reseñados militantes del disuelto partido político Ciudadanos por la Innovación, en anagrama CI.

2.- Debemos confirmar y confirmamos en toda su extensión la sentencia número 03/2018, de fecha 23 de febrero de 2018, dictada por la Audiencia Provincial de Wele Nzas en los autos sumariales número 1/2017 seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Aconibe por los delitos de sedición, atentado contra la autoridad, desordenes públicos, lesiones graves y daños, contra los reseñados militantes y dirigentes del partido político CI, siendo perjudicado el Gobierno de la República de Guinea Ecuatorial, representado por el Fiscal General de la República.  

3.- Se condena en costas del presente proceso a la parte recurrente, por su temeridad y mala fe. Así por esta nuestra sentencia, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

Líbrese testimonio de esta sentencia, con devolución de los autos a la Audiencia Provincial de Wele Nzas para los efectos señalados. Notifíquese esta sentencia a las partes litigantes, instruyéndoles que contra la misma no cabe posterior recurso.

Magistrados. Ante mí el Secretario. Diligencia seguidamente se cumple lo ordenado. Doy fe”.  

Texto y fotos: Clemente Ela Ondo Onguene (DGPWIGE)
Oficina de Información  y Prensa de Guinea Ecuatorial   

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