Ha comenzado el análisis de la modificación de la Ley General de Trabajo

Ha comenzado, en la Cámara de los Diputados, el análisis del Proyecto de Ley elaborado por el Gobierno para modificar determinados artículos de la Ley General de Trabajo, en unas sesiones que se llevan a cabo en el seno de la comisión parlamentaria de política social y promoción de empleo, bajo la moderación de la Vicepresidenta Primera de esa institución María Pelagia Abeso Tomo.
En la exposición de motivos de ese proyecto de disposición, el Ejecutivo resalta los fundamentos del Estado ecuatoguineano, recogidos en el artículo quinto de nuestra Ley Fundamental, cuyo texto establece los fundamentos de la sociedad ecuatoguineana, que son, la protección del trabajo a través del cual el hombre desarrolla su capacidad creadora de riqueza de la nación, para el bienestar social y la promoción del desarrollo económico nacional.
En esos fundamentos se sustenta cualquier legislación del sector socio-laboral, porque la protección del trabajo y la promoción económica nacional deben ir de la mano para la consecución de un desarrollo social sostenible y sostenido, tanto para los trabajadores como para los empleadores.
Los artículos 26, 27 y 28 de la Constitución también obligan al legislador ecuatoguineano a la adopción de una legislación socio laboral que no sólo mejore las relaciones laborales, la creación y protección del empleo, sino que también favorezca la actividad económica de las empresas, porque una buena legislación laboral debe asegurar el equilibrio entre la protección del trabajador con la flexibilidad laboral y el establecimiento de garantías de productividad para el empleador.
En la presentación de ese proyecto de Ley ante la respectiva comisión parlamentaria, el Ministro de Trabajo y Fomento de Empleo Alfredo Mitogo Mitogo Ada ha indicado que la vigente Ley General de Trabajo nació en un contexto laboral en el que era necesario hacer atractivo la constitución y mejora de la administración del trabajo, así como reducir la carga del despido y aunque recogía ciertas ventajas a favor del grueso de trabajadores para asegurar su protección, esta Ley no llegó a asegurar suficientes garantías sobre la continuidad y estabilidad para la actividad empresarial en el país.
Transcurridos cuatros años desde su aprobación y habiendo sufrido el país las consecuencias de la pandemia de la COVID-19, la crisis económica mundial, el acontecimiento del 7 de marzo en la ciudad de Bata y las crisis bélicas mundiales, que han afectado el tránsito normal de las vías comerciales y, consecuentemente, el flujo económico, se observa que los objetivos previstos no se han alcanzado todos, ni tampoco en los niveles previstos.
Con esas modificaciones, el Gobierno quiere facilitar la convergencia de los intereses de unos y otros, para que el mercado laboral de nuestro país crezca en competitividad, productividad y sea atractivo para los empresarios e inversores, teniendo en cuenta que las actitudes punibles e irresponsables de los que intervienen en la relación laboral deben ser claramente rechazadas por disposiciones y normas reguladoras del sector.
El Ejecutivo también señala que esa modificación normativa constituye un punto de partida para acometer una actualización de nuestro conjunto de normas laborales y contribuir a hacer más dinámica la acción de la Administración Pública, en materia de políticas nacionales de trabajo y de empleo.
Guinea Ecuatorial, como país miembro de la Organización Internacional de Trabajo, es preceptivo que la normativa en materia laboral se ajuste a los lineamientos de los postulados de la OIT, por eso poner en valor el rol de las empresas y multinacionales en esta regulación, de conformidad con los artículos 27 y 28 de la Ley Fundamental, contribuirá a alcanzar un pilar importante del Horizonte 2035, cual es la diversificación económica.
Este enfoque establece colaboraciones económicas y asistencia técnica y profesional por parte de las multinacionales, a favor de los operadores económicos locales, constituyéndose así en una herramienta útil para coadyuvar a la reducción del desempleo y la eliminación del sector informal.
Otro de los objetivos de esa modificación consiste en reducir la brecha entre la oferta y la demanda actuales en el mercado de trabajo nacional, porque el Gobierno es consciente de que, a día de hoy, para el incremento de la contratación, es necesario modificar, suprimir e insertar ciertos aspectos de la Ley General de Trabajo, como normativa principal del sector laboral, a fin de propiciar unas relaciones laborales prosperas para trabajadores y empleadores.
El Ejecutivo quiere establecer políticas de acompañamiento de ese entorno, con medidas de estímulos, así como bonificaciones, ventajas y garantías que faciliten la contratación y la estabilidad empresarial, centrándose, de manera especial, en el uso de las nuevas tecnologías en el trabajo, en lo jóvenes, en las mujeres, en las personas con discapacidad y en los mayores de cuarenta y cinco años.
La modificación de los artículos 14, 19, 31, 48, 49, 64, 81, 112, 114, 116 y 117 de la vigente Ley General de Trabajo se refiere al trabajo para grupo de empresas, verificación de los contratos de trabajo, lanzamiento de nueva actividad, derechos y obligaciones del empleador, la responsabilidad por riesgos profesionales, la paga por antigüedad, recursos contra el despido, los daños y perjuicios, así como la mediación, arbitraje y la conciliación.
Por otra parte, se suprime el artículo 13, que abordaba el tema de los intermediarios, contratistas, subcontratistas del sector laboral y las Agencias de Trabajo Temporal y el artículo 33, que regulaba el trabajo en grupo, a la vez que se añade un nuevo artículo 9 bis, que viene a regular el teletrabajo, por la incidencia de las nuevas Tecnologías de Información y Comunicación en la creación de nuevos empleos.
En las consideraciones generales, los honorables diputados han valorado positivamente la modificación de la Ley General de Trabajo que presenta el Ejecutivo, pero han anunciado que analizarán artículo por artículo, para conocer las ventajas que aporta cada modificación.
Las políticas de empleo constituyen una prioridad para cualquier Gobierno, por eso los representantes del pueblo han formulado varias recomendaciones para el mejor funcionamiento del departamento ministerial tutor, la buena coordinación entre los departamentos involucrados en esa materia, a la vez que pedían explicaciones sobre el uso del fondo de protección social, resaltando la necesidad de garantizar la seguridad de los trabajadores y crear en el Ministerio de Trabajo una sección que se encargue de la salud laboral.
Los honorables también han pedido aclaraciones sobre el funcionamiento de los Centros de Formación Profesional Ocupacional y los mecanismos de reclutamiento de sus egresados en las empresas, a la vez que abogaban por el funcionamiento efectivo de la Oficina Nacional de Empleo y que los datos sobre la situación laboral en nuestro país estén contemplados en los informes periódicos del Instituto Nacional de Estadísticas.
Las cuestiones planteadas han sido aclaradas por le Delegación del Gobierno y el próximo lunes comenzara en análisis de los artículos modificados.
Texto y fotos: Gabinete de Prensa de la Cámara de los Diputados
Envío: Clemente Ela Ondo Onguene (DGPEPWIG)
Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial
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