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sáb. 27 julio, 03:12
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Comienza el análisis del proyecto de Código Ético

En la Cámara de los Diputados ha comenzado, este miércoles, el análisis del proyecto de ley de Código Ético y de conducta de las personalidades que ostentan cargos públicos en nuestro país, en unas sesiones que se llevan a cabo en el seno de la Comisión Parlamentaria de Justicia y Derechos Humanos, bajo la moderación del Presidente de la institución, Gaudencio Mohaba Messu, con la participación de una delegación del Gobierno, encabezada por el Ministro de Justicia, Culto e Instituciones Penitenciarias, Sergio Esono Abeso Tomo.

Aunque en nuestro país ya existe un marco normativo sobre la ética en el ejercicio de la función pública, desde la Ley Fundamental, la Ley de Régimen Jurídico de la Administración General del Estado, el decreto-ley sobre ética y dignidad en el ejercicio de la función pública, hasta las nomas sectoriales vigentes en la materia, las cuestiones sobre la conducta que deben guardar las personalidades que ostentan cargos públicos siguen siendo una preocupación del Gobierno.

El desarrollo de una ética pública al servicio de la ciudadanía, como instrumento para la mejora de los servicios públicos y de lucha contra la corrupción, constituye pues uno de los principales retos de la gestión pública en los últimos años, ante la obligatoriedad de transponer en el derecho interno ecuatoguineano la directiva de la CEMAC sobre la transparencia y buen gobierno, en la gestión de las finanzas públicas y teniendo en cuenta el objetivo de desarrollo sostenible numero 16 de la Agenda 2030 de la Naciones Unidas, que contempla la necesidad del fomento de instituciones eficaces, responsables e inclusivas, como garantía para la construcción de una sociedad pacifica.

Con esa iniciativa legislativa, el Gobierno quiere establecer las normas éticas y de conducta que han de observar las personalidades que ostentan cargos públicos en la República Guinea Ecuatorial, tanto en su actuación individual, como en su institución, organismo y ante la ciudadanía, con el fin de reforzar la confianza de los ciudadanos en sus propias instituciones.

En caso de que sea aprobado ese proyecto de ley, sus disposiciones se aplicarían a los altos cargos de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, a los altos cargos de los órganos constitucionales, al personal directivo de los órganos constitucionales, de la Fiscalía General de la República, el Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo, a las personas que sean designadas por el Gobierno o por un cargo público para ocupar un puesto de dirección o administración en entidades de naturaleza y capital mayoritariamente público o en cualquier otra entidad, en que su control corresponda a varias administraciones públicas o sus respectivos sectores públicos, a cualquier otra persona al servicio del Estado que, en la norma de creación del órgano respectivo o en el correspondiente nombramiento, sea asimilado a algunos de los cargos públicos citados y al personal eventual del Estado con rango igual o superior a director.

Se determinan los valores que deberá encarnar la actuación de los que ostentan cargos públicos en nuestro país, como la integridad, la excelencia, el liderazgo y la innovación, así como los principios éticos y de conducta a través de los cuales vertebraran sus comportamientos, tales como ejercer sus funciones con dedicación al servicio público, respetar los principios de imparcialidad, ecuanimidad y objetividad, contribuir al respeto del prestigio, la imagen y la dignidad de su institución, no aceptar para sí regalos que superen los usos habituales o de cortesía, ni favores o servicios en condiciones ventajosas, perseguir la eficacia y eficiencia de los recursos públicos, así como la sostenibilidad del servicio público que les sea encomendado e impulsar una cultura que estimule la creatividad y la innovación.

También deberán ejercer sus funciones con un esfuerzo permanente encaminado a una mejora continua de los resultados de los procesos, productos y servicios del departamento; deberán respetar la dignidad de la persona, promover la igualdad de género, evitando toda discriminación, promover la participación de los ciudadanos en el diseño de las políticas públicas y en los procesos de toma de decisiones e impulsar la protección del patrimonio cultural y el medio ambiente.             

Las personalidades que ostentan cargos públicos asumirán el compromiso de presentar su dimisión, dirigida al órgano competente, en el caso de incurrir en algunos de los supuestos previstos en este proyecto de ley, en el que el incumplimiento de las conductas establecidas suponga el cese.

Texto y fotos: Gabinete de Prensa de la Cámara de los Diputados
Envío: Clemente Ela Ondo Onguene (DGPEPWIG)

Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial

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