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Adopción del acta y dictamen del Proyecto de Ley de Hidrocarburos

octubre 02, 2026
Gobierno
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La Comisión Permanente de Energía adopta el acta y dictamen resultante del estudio del Proyecto de Ley por el que se Reforma la Ley de Hidrocarburos de la República de Guinea Ecuatorial.

El acta y el dictamen resultante del estudio en segunda lectura del Proyecto de Ley por el que se Reforma la Ley de Hidrocarburos de la República de Guinea Ecuatorial, han sido adoptados este viernes por la Comisión Permanente de Energía, Industria, Minas y Turismo que preside el Vocal Primero de la Mesa, Atanasio Ela Ntugu Nsa, bajo la moderación de la Presidenta del Senado, Teresa Efua Asangono.

Para agilizar las labores de análisis en segunda lectura parlamentaria del Proyecto de Ley por el que se Reforma la Ley de Hidrocarburos de la República de Guinea Ecuatorial, la Comisión Permanente de Energía, Industria, Minas y Turismo, creó una ponencia para llevar a cabo el estudio preliminar de este texto legal y tras culminar dichos trabajos, la ponencia elevó un informe con sus conclusiones y observaciones a la Comisión Permanente para su consideración.

Tras culminar los debates sobre las propuestas de enmiendas presentadas a la Comisión Permanente de Energía, además de aclarar las dudas e inquietudes planteadas por los legisladores durante el estudio del presente Proyecto de Ley, se han elevado a la consideración de la comisión permanente el acta y dictamen resultantes de dichos trabajos durante esta jornada por el Secretario de dicha Comisión Permanente, Plácido Erimola Meneses.

En este contexto, la Comisión Permanente de Energía, Industria, Minas y Turismo, una vez consensuado todos los aspectos recogidos en el documento y aportar observaciones orientadas a mejorar y enriquecer el contenido del texto final de esta herramienta jurídica, ha adoptado el acta y dictamen resultante de dichos trabajos, los cuales pasarán al siguiente trámite parlamentario para la aprobación si procede por parte del Pleno del Senado.

Por otra parte, la Comisión Permanente de Energía, ha concluido en la jornada de este viernes el proceso de estudio y análisis del Proyecto de Ley de Minas de la República de Guinea Ecuatorial, con la finalidad de verificar si se han tenido en cuenta todas las propuestas de enmiendas y estructuración del contenido del articulado de esta herramienta legal en el marco de su estudio en segunda lectura.

En este sentido, el Ministerio de Hidrocarburos, Minas y Electricidad, encabezado por el Ministro Delegado, Domingo Mba Esono, ha comparecido nuevamente en el Senado, para presentar ante la Comisión Permanente de Energía, Industria, Minas y Turismo, las propuestas de reformulación realizadas en ciertos artículos del Proyecto de Ley de Minas de la República de Guinea Ecuatorial.

En relación al artículo 29, que hace alusión a la declaración de las áreas reservadas del Estado, el Ministerio de Hidrocarburos, Minas y Electricidad, considera que el Estado tiene la facultad de declarar mediante decreto motivado, áreas reservadas del Estado cuando existan razones estratégicas, geológicas, económicas, ambientales, así como de seguridad nacional o planificación minera; mientras que en el artículo 46, que trata sobre las pólizas de seguro, el Ministerio sostiene que toda persona que pretenda suscribir un contrato conforme a la presente Ley para realizar operaciones y actividades mineras, deberá contratar y mantener vigentes durante la duración de dichas actividades, las pólizas de seguro necesarias para cubrir los riesgos asociados a las mismas.

Tras escuchar la exposición de Mba Esono, la Comisión Permanente de Energía, ha recomendado al Ministerio de Hidrocarburos, Minas y Electricidad, que se adopte las enmiendas del senado referidas a las tasas mencionadas en el artículo 87 del texto original de este instrumento legal, en relación al artículo 92, del régimen para minerales críticos, la Comisión ha sugerido que se establezca un régimen legal técnico y fiscal para la exploración, explotación y comercialización de minerales críticos, por lo que ha derivado en el reglamento desarrollar los procedimientos expeditos y criterios para la clasificación de minerales críticos, así como las condiciones específicas de acceso a los incentivos fiscales, beneficios y facilidades administrativas previstas en la Ley.

La Cámara alta del Parlamento Nacional, con este proceso de análisis de las enmiendas y modificaciones propuestas en ciertos artículos de dicho Proyecto Ley, en este sentido ha recomendado al Gobierno adoptar medidas de acompañamiento para asegurar la efectiva implementación de la futura Ley, la cual garantizará la competitividad del sector minero extractivo de Guinea Ecuatorial.

Texto y fotos: Gabinete de Comunicación y Nuevas Tecnologías del Senado

Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial

Aviso: La reproducción total o parcial de este artículo o de las imágenes que lo acompañen debe hacerse, siempre y en todo lugar, con la mención de la fuente de origen de la misma (Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial).