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Reformas de las leyes reguladoras de las elecciones

abril 29, 2024
Noticias Gobierno

La Comisión Parlamentaria de Gobernación y Administración Local de la Cámara de los Diputados analiza, desde este lunes, dos proyectos de leyes elaborados por el Gobierno para modificar los artículos 36 y 53 de la Ley número 1/2023, de fecha 28 de febrero, Reguladora de la Administración Local; el artículo 229 de la Ley número 8/2015, de fecha 28 de mayo, Reguladora de las elecciones a la Cámara de los Diputados, Senado, municipales y referéndum; así como el artículo 23 de la Ley número 7/2015, de fecha 28 de mayo, reguladora de las elecciones presidenciales.

Esas iniciativas legislativas, presentadas ante dicha comisión parlamentaria por el Ministro de Estado del Interior y Corporaciones Locales, Faustino Ndong Esono, se basan en la experiencia vivida desde la instauración del régimen democrático pluralista en la República de Guinea Ecuatorial, un periodo en que se han celebrado varias elecciones presidenciales y varias elecciones de la Cámara de los Diputados, el Senado y municipales, comicios que siempre han supuesto un gran gasto económico, por organizarlas en los periodos que deben celebrarse, por imperativos de las leyes que las regulan.

Teniendo en cuenta la grave situación de crisis económica generalizada en todo el mundo y en nuestro país en particular, el Gobierno considera que es necesario armonizar los distintos periodos establecidos en las leyes reguladoras de la Administración Local y la Ley Reguladora de las Elecciones de la Cámara de los Diputados, Senado, municipales y referéndum, como medidas que coadyuvarían a mitigar la carga financiera al Estado que supone mantener los periodos de dichas elecciones.

Los artículos 36 y 53 de la Ley Reguladora de la Administración Local y el artículo 229 de Ley Reguladora de las Elecciones de la Cámara de los Diputados, Senado y municipales, que se pretende modificar, establecen que el mandato de los alcaldes y los concejales de los ayuntamientos es de cuatro años, mientras que los mandatos de los diputados y senadores es de cinco años.

La celebración de las elecciones de ambos grupos al mismo tiempo produce el fenómeno de prolongar o acortar los periodos de mandatos parlamentarios o municipales, sin ninguna base legal que lo justifique; por eso el Gobierno pretende armonizar dichos periodos, con el fin de que los mandatos de los alcaldes y los concejales de los ayuntamientos también sea de cinco años, como los de los diputados y senadores.

El artículo 53 de la Ley Reguladora de las Elecciones Presidenciales, por su parte, establece que la elección del Presidente de la República no puede coincidir con otras elecciones, por eso el Gobierno también pretende reformar dicho artículo, para que los comicios presidenciales no se celebren conjuntamente con otras elecciones, cuando las circunstancias así lo aconsejen.

Los diputados felicitan esas reformas, porque consideran que las leyes deben ser elaboradas acorde a la situación económica del país. Después de las consideraciones generales ha sido adoptada la exposición de motivos de la reforma de las leyes reguladoras de la Administración Local y las elecciones de la Cámara de los Diputados, Senado, municipales y referéndum, así como los cuatro artículos que pretende reformar, mientras que ha quedado pendiente de reformulación la exposición de motivos de la reforma de la Ley Reguladora de las Elecciones Presidenciales, por lo que se ha constituido una comisión de diputados que trabajarán conjuntamente con la delegación del Gobierno, para presentar una nueva propuesta en la jornada del próximo viernes.

Esa sesión se ha desarrollad bajo la moderación del Presidente de la institución parlamentaria, Gaudencio Mohaba Messu, con la participación de una delegación del Gobierno, encabezada por el Viceprimer Ministro Segundo encargado de Relaciones con el Parlamento, Ángel Masie Mibuy.

Texto y fotos: Gabinete de Prensa de la Cámara de los Diputados
Envío: Clemente Ela Ondo Onguene (DGPEPWIG)

Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial

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