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Nota aclaratoria de la Embajada de Venezuela sobre un supuesto golpe del Estado

abril 01, 2017
Noticias Gobierno

El vienes 31 de marzo, el Embajador de la República Bolivariana de Venezuela en Guinea Ecuatorial, Daniel Cartaya Laya, ha enviado una nota aclaratoria a los medios de comunicación nacionales, para esclarecer detalles del sistema parlamentario de su país, a raíz de las recientes informaciones sobre un supuesto golpe de Estado en Venezuela.

1.    Venezuela no tiene un sistema parlamentario como los europeos.

2.    Tiene cinco poderes en lugar de tres (ejecutivo, legislativo, judicial, ciudadano y electoral).

3.    Contrariamente a lo que ocurre en los regímenes parlamentarios, el Parlamento no tiene en Venezuela la misma significación que en los sistemas europeos.

4.    Se rige por una Constitución que le establece las funciones, así como a los demás poderes públicos.

5.    El órgano controlador y máximo intérprete de la Constitución es la Sala Constitucional del Tribunal Supremo.

6.    Es de este órgano de donde han emanado las sentencias controversiales.

7.    Las sentencias han sido emitidas a solicitud de recurso de interpretación sobre los acontecimientos institucionales que vive el país, a partir del momento en el cual la oposición pasó a ser mayoría en el Parlamento venezolano.

8.    El Parlamento se ha extralimitado en sus funciones, ha desviado el poder y la autoridad que como institución tiene, ha usurpado en algunos casos las funciones del poder ejecutivo y desacata las medidas judiciales tomadas con competencia constitucional para ello por el Tribunal Supremo de Justicia.

9.    Desde el mes de enero de 2017 se ha declarado en rebeldía absoluta.

10. Las sentencias pretenden ordenar jurídica e institucionalmente el Estado frente a un poder que desobedece al Tribunal Supremo y crea conflictos con los otros poderes.

11. En la última sentencia, la Sala Constitucional ha establecido que temporalmente, hasta cuando el poder legislativo vuelva a la normalidad, algunas de las funciones de ese poder, necesarias para el funcionamiento del Estado, serán asumidas por el Tribunal Supremo.

12. Las funciones parlamentarias se incumplen por omisión o por actos no ajustados a derecho. La sentencia pretende asumir las funciones que por omisión impidan el funcionamiento del Estado (ejemplo: aprobar inversiones petroleras con compañías privadas, para lo cual es necesario un protocolo que debe ser aprobado conjuntamente por el poder ejecutivo y el legislativo).

13. La Constitución está intacta, el Parlamento no ha sido disuelto, hay total respeto a los derechos humanos, existe plena libertad de expresión dentro del país, la participación política es plural dentro del país, los partidos existen y hay libre acceso a la justicia. Estos hechos demuestran que no hay golpe de Estado en Venezuela.

Texto: Clemente Ela Ondo Onguene (DGPWIGE)
Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial

Aviso: La reproducción total o parcial de este artículo o de las imágenes que lo acompañen debe hacerse, siempre y en todo lugar, con la mención de la fuente de origen de la misma (Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial).