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Debate de las enmiendas al Proyecto de Ley Reguladora del Código de Circulación Vial

marzo 21, 2024
Noticias Gobierno

Este jueves, en el seno de la Comisión Permanente de Gobernación, Administración Local y Función Pública del Senado, se ha vuelto a debatir el acta resultante del estudio preliminar en ponencias del Proyecto de Ley Reguladora del Código de Circulación Vial en la República de Guinea de Guinea Ecuatorial.

Los artículos cuyas enmiendas han sido revisadas en la sesión de este jueves son aquellos que tratan sobre la obtención, la validez y la inscripción de los permisos de conducir en Guinea Ecuatorial, así como el correspondiente registro en la Dirección General de Tráfico. 

En este contexto, se resalta que la circulación de un vehículo sin el permiso dará lugar a la inmovilización del mismo y se considerará como infracción muy grave. Al ser Guinea Ecuatorial miembro de la CEMAC, la futura ley determina que el titular de un permiso de conducir expedido en uno de los Estados miembros de la CEMAC, que fija su residencia legal en Guinea Ecuatorial, quedará sometido a las disposiciones guineoecuatorianas relativas a su periodo de vigencia y control de sus aptitudes psicofísicas, y serán inscritas en el registro de conductores e infractores en la Dirección General de Tráfico Rodado y Circulación Vial.

Los senadores también han deliberado sobre las reformas de un vehículo, entendidas como cualquier modificación que se puede efectuar al vehículo como sustituir, añadir o suprimir piezas, elementos o conjuntos sujetos por otros que no correspondan al vehículo. Respecto a la inspección técnica de vehículos, se establece que todos los vehículos matriculados y puestos en circulación deben someterse a la inspección técnica, una vez comprobada su identificación y verificar las condiciones relativas a la seguridad vial, protección del medio ambiente, reformas y vigencias de los certificados para el transporte de mercancías.

Otro de los aspectos debatidos han sido las pruebas de aptitud para obtener la licencia de conducir. Las pruebas teóricas serán controladas y calificadas por los funcionarios, examinadores y profesionales cualificados designados por la Dirección General de Tráfico, las cuáles serán de tipo test y el número de preguntas quedará a criterio de la entidad examinadora.

Los senadores consideran necesario adecuar con claridad las ideas plasmadas en este documento, con el fin de mejorar ciertos puntos para la comprensión de su contenido.

Texto y fotos: Gabinete de Prensa del Senado
Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial

Aviso: La reproducción total o parcial de este artículo o de las imágenes que lo acompañen debe hacerse, siempre y en todo lugar, con la mención de la fuente de origen de la misma (Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial).