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Comunicado del abogado de Teodoro Nguema Obiang Mangue

marzo 29, 2012
Noticias Gobierno

El letrado Emmanuel Marsigny, abogado del Ministro de Estado de la República de Guinea Ecuatorial, Teodoro Nguema Obiang Mangue, desea realizar el siguiente comunicado de prensa, a raíz del anuncio de ayer en el cual se aludía al hecho de que los magistrados de instrucción deseaban emitir una orden de detención contra este último.

El letrado Emmanuel Marsigny, asesor de D. Teodoro Nguema Obiang Mangue, Ministro de Estado de Agricultura y Bosques de la República de Guinea Ecuatorial, desea mostrar su asombro ante las informaciones aparecidas en la prensa que indican que los magistrados instructores desean emitir una orden de detención contra este último, puesto que no existe ningún elemento que permita pensar que el Ministro de Estado haya cometido infracción alguna en Francia o en el extranjero; especialmente, teniendo en cuenta que el conjunto de las adquisiciones que él haya podido realizar se han hecho con la más pura transparencia para con las autoridades bancarias y fiscales francesas, ya que se han realizado a partir de cuentas bancarias personales o de sociedades de derecho privado de las cuales él es accionista, mantenidas con actividades económicas completamente legales y, además, a través del Banco de Francia, institución que, antes de la obstinación mediática orquestada por determinadas asociaciones con motivos confusos, nunca ha encontrado nada que decir al respecto, aun conociendo el trasfondo económico de estas operaciones. 

Esta voluntad de los magistrados instructores es más sorprendente si cabe cuando, por un lado, el Ministro de Estado ha aceptado sin ninguna dificultad domiciliarse en la sede de su asesor parisino para las necesidades de este procedimiento -aunque no estaba obligado a ello-, no habiendo nunca deseado ni querido sustraerse a la justicia francesa; por otro lado, si -tal cual- el Ministro no ha podido obedecer a la convocatoria que le ha sido remitida, ha sido a causa de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y del no consentimiento, por parte del Gobierno de la República de Guinea Ecuatorial, de la demanda de interrogatorio hacia su ministro y representante; demanda que fue transmitida por los mismos magistrados instructores, de conformidad con esta Ley de Enjuiciamiento Criminal, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, al mismo tiempo que se realizaba un registro en los locales diplomáticos de Guinea Ecuatorial que violaba las convenciones internacionales. 

Por consiguiente, es sorprendente que los mismos magistrados, sabiendo que no pueden realizar el interrogatorio sin un consentimiento previo del Gobierno de la República de Guinea Ecuatorial que ellos mismos han solicitado, hayan evaluado -a pesar de esta negativa- la conveniencia de emitir una orden de detención. 

No existe, por lo tanto, ningún fundamento para que se emita una orden de detención contra el Ministro de Estado de Agricultura; hecho al que se suma que, al mismo tiempo, los magistrados, encargados desde hace más de seis meses de la demanda de restitución de los vehículos puestos bajo precinto sellado a finales de septiembre de 2011, nunca han dado a conocer las razones que se oponen a esta restitución.

En París, a 28 de marzo de 2012. 

Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial.