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vie. 16 mayo, 06:10
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Comienza el análisis del Proyecto de Ley sobre la Creación del Catastro Nacional de Tierras

Ha comenzado en la Cámara de los Diputados el análisis del proyecto de ley elaborado por el Gobierno para la creación y el establecimiento del catastro nacional de tierras, en unas deliberaciones que llevan a cabo en el seno de la comisión parlamentaria de gobernación y administración local, bajo la moderación del presidente, Doctor Salomón Nguema Owono.

En el preámbulo, el Ejecutivo indica que, en los últimos años, nuestro país ha conocido grandes transformaciones en el desarrollo urbano y rural, con la construcción de infraestructuras públicas y privadas, así como en el desarrollo económico y social, pero la ausencia de un catastro nacional ha creado varios conflictos sociales y deficiencias en las recaudaciones fiscales inmobiliarias.

Ante esa situación, surge la necesidad de sancionar una ley sobre la creación, establecimiento e implementación de un catastro nacional integrado con el sistema registral de la posesión de suelos, para fortalecer la seguridad jurídica de cada inmueble, favorecer la actividad económica e inmobiliaria y, al mismo tiempo, evitar intercambios y transacciones imprecisos de las fincas urbanas, rústicas y parcelas, permitiendo la ubicación geográfica de las mismas de una manera técnica.

La creación y establecimiento del catastro en todo el territorio nacional significará realizar un inventario o censo debidamente actualizado y clasificado de los bienes inmuebles pertenecientes al Estado y a los particulares, con el objeto de lograr su correcta identificación física, jurídica, fiscal y económica.

El catastro nacional de tierras facilitará la descripción y la situación jurídica, económica y física, tanto de las parcelas de tierras como de los inmuebles, con el fin de obtener una base sobre la cual se apliquen los tributos sobre los bienes inmuebles, a fin de incrementar los ingresos fiscales que correspondan al Estado y garantizar la seguridad jurídica de esas propiedades.

Las actividades catastrales venían siendo realizadas en el Ministerio de Obras Públicas, aplicando de forma subsidiaria una disposición que data desde la época colonial, por eso existe la necesidad de que nuestro país cuente con una ley propia sobre el catastro, acorde a las circunstancias actuales y después de varias deliberaciones, el preámbulo ha quedado pendiente de reformulación.

Seguidamente han sido adoptados los artículos relativos a las disposiciones generales, en las que se determina el objeto de ese proyecto de ley y su ámbito de aplicación, así como las definiciones de conceptos como catastro, agrimensor, finca rústica, finca rural y finca urbana, zona catastral y zona catastrada, predio, representación gráfica, tierras tradicionales, parcelas, escala y títulos de reconocimiento, que son los documentos provisionales administrativos y técnicos previos al otorgamiento del título de propiedad.

También han sido adoptados los artículos relativos a los documentos catastrales principales y secundarios, que están constituidos por el conjunto de documentos gráficos o planos y literales, establecidos por el Estado, para permitir tanto la identificación como la determinación física de la propiedad de tierras edificadas o no, así como la publicación de derechos reales inmobiliarios.

Teniendo en cuenta que esos servicios tienen un impacto directo en la población, los diputados han insistido en la necesidad de que se determinen las tasas que serán aplicadas en las solicitudes de cada uno de los documentos catastrales, y han pedido explicaciones sobre los mecanismos previstos, a fin de que esos ingresos vayan a las arcas del Estado, para evitar la corrupción en ese sector.

Texto y fotos: Gabinete de Prensa de la Cámara de los Diputados

Envío: Clemente Ela Ondo Onguene (DGPEPWIG)

Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial

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